Nitu Pérez Osuna: Paso a paso

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Lo cierto es que desde el pasado martes 17, día en el que la Asamblea Nacional votó porque continúe el juicio a Maduro, éste está obligado por la Constitución a separarse del cargo como presidente de la República, así comienza su artículo de opinión Nitu Pérez Osuna.

Muchos preguntan qué viene ahora luego de que la Asamblea Nacional aprobara seguir el juicio por corrupción a Nicolás Maduro, solicitado por la fiscal general al Tribunal Supremo de Justicia legítimo. Esperamos que no sea lo mismo que con «el abandono del cargo», declarado así el 9 de enero de 2017 por los diputados y que quedó en eso… una declaración.

Más de un año ha pasado desde entonces y es importante señalar que el régimen encabezado por Nicolás Maduro, es hoy rechazado no solo por la mayoría de los venezolanos, sino también, por gran parte de los gobiernos del mundo. Tanto así, que la comunidad internacional reconoce a las autoridades venezolanas en el exilio. El poder legislativo colombiano, por ejemplo, prestó su sede para desde allí, trasmitir al mundo la audiencia del antejuicio a Nicolás Maduro y la posterior respuesta del máximo tribunal legítimo venezolano que encontró la existencia de «méritos suficientes para enjuiciar a Maduro Moros, que hacen presumir la comisión de los delitos de Corrupción Propia y Legitimación de Capitales». Pero por si esto fuera poco, en la reciente Cumbre de las Américas realizada en Lima, fueron recibidas y escuchadas las autoridades judiciales en el exilio, como también diputados y el alcalde Antonio Ledezma; pero a Maduro, nadie lo quiere recibir, cada vez se ve más solo, aislado, rogando que alguien le invite a conversar como recientemente le escuchamos suplicar por Facebook al presidente panameño: «Usted (Varela) fue mi amigo, fuimos amigos, vamos a resolver entre usted y yo».

Lo cierto es que desde el pasado martes 17, día en el que la Asamblea Nacional votó porque continúe el juicio a Maduro, éste está obligado por la Constitución a separarse del cargo como presidente de la República, como sucedió con Carlos Andrés Pérez, claro está que Pérez era un demócrata, Maduro no.

El artículo 233 de la CRBV expresa que si la falta absoluta del presidente (como es el caso que nos ocupa) «se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período». Sabemos que Tareck El Aissami no puede asumirlo por dos razones: Por las sanciones internacionales que le han sido impuestas y por tener doble nacionalidad.

Nuestra Carta Magna no especifica quién sería el tercero en línea para ocupar dicho cargo, pero el único poder electo con el voto popular es la Asamblea Nacional, de allí debería salir un presidente provisional. Si nuestros diputados no acatan y cumplen lo que ellos mismos decidieron, que no es otra cosa que seguirle un juicio por delitos de corrupción a Nicolás Maduro por lo que debe separarse de inmediato del cargo, …la pasada sesión del martes quedaría solo como una puesta en escena para «tranquilizar» a una sociedad civil que demanda de los diputados, se cumpla la ley.

Mientras, el Tribunal Supremo de Justicia legítimo ya está oficiando a los gobiernos del mundo sobre la decisión tomada por la AN: Maduro no puede ejercer funciones por estar inmerso en delitos de corrupción. No representa ya a Venezuela. Al mismo tiempo que notifica a la Interpol se incluya a Maduro entre las personas con alerta roja, como lo anunciara en su decisión del pasado 9 de abril pasado.