Blyde: Decreto de emergencia económica restringe garantías constitucionales

El abogado constitucionalista Gerardo Blyde explicó que el Decreto de Emergencia Económica presentado por el Ejecutivo Nacional, y publicado en Gaceta Oficial este viernes, es uno de los 4 estados de excepción que establece la Constitución y por tanto restringe garantías de tipo económico.

Indicó que algunas medidas establecidas en el Decreto están claras y otras no. En este sentido, dijo que se debe esperar que el Ejecutivo remita el documento a la Asamblea Nacional para su revisión.

Manifestó que 2 de las 7 disposiciones que establecidas en el documento invaden las competencias parlamentarias, entre ellas la utilización de los recursos extrapresupuestarios sin necesidad de solicitar la aprobación de créditos adicionales.

Acotó que el parlamento no está facultado para modificarlo, solo puede aprobarlo o rechazarlo.

Señaló que el Decreto de Emergencia Económica entra en vigencia este mismo viernes, los controles (a cargo de la AN y del TSJ) son posteriores. «El TSJ evalúa si hay excesos, y si los hay podría revocarlo».

Informó que aunque el documento no establece la expropiación, se pueden llevar a cabo ocupaciones temporales si se considerara pertinente, «no se necesita un decreto para expropiar, las autoridades civiles están facultadas para hacerlo».

 

Ysamar Galíndez/Globovisión