Qué sucede con los hijos de venezolanos nacidos en Colombia

bebe recien nacido

Diane Espinal* cuida a su bebé como un tesoro. Tal vez con más celo que cualquier madre: le lava las manos constantemente, hierve lo más que puede los teteros y ni pensar en someterlo a un sereno.

Todas esas precauciones apuntan a evitar la fatalidad de que el pequeño de tres meses se enferme, pues no sabría qué hacer debido a que no cuenta con ningún tipo de aseguramiento como consecuencia indirecta de que nació sin patria.

Apátrida les dicen a los que, como él, no tienen en sus documentos de identidad un país que los reclame. En Colombia este fenómeno había sido pasajero. De hecho, solo existen 12 casos registrados, según las estadísticas oficiales, pero no eran personas nacidas en suelo local, sino que llegaron sin ser reconocidos por otra nación.

Pero la migración desmedida que se ha dado desde Venezuela a raíz de la crisis política y económica de ese país, unida a las zonas grises que tiene la legislación colombiana, disparó el riesgo de que a miles de niños se les viole el derecho universal a una nacionalidad.

Cualquier extranjero que busque obtener la ciudadanía en el país debe llenar dos de tres requisitos, según explica un integrante de un organismo humanitario: haber nacido en el territorio, tener un vínculo sanguíneo o que los padres prueben su domicilio.

El problema suele surgir con el tercer aspecto, porque algunos funcionarios administrativos y operadores de justicia solo reconocen la residencia si la gente ha entrado legalmente y lo equiparan a tener visa de permanencia o de trabajo, añade la fuente. De hecho, en este momento hay varias acciones de tutela por lo mismo.

A juicio de algunos especialistas, deberían aceptar documentos diferentes con ese fin.
Paradójicamente, se dan casos en los cuales mujeres venezolanas buscan dar a luz de este lado de la frontera para lograr la nacionalidad colombiana, pero se llevan la desagradable sorpresa de que con esto no basta.

“Estamos trabajando en eso, en la interpretación del domicilio en Colombia. Es un elemento técnico normativo”, anota una fuente de Acnur.

(*) Nombre cambiado en cumplimiento del Código del Menor