Unidad Tributaria cambió de nombre y “pegó un brinco” en su valor

BCV

Como una decisión basada en la Ley Contra la Guerra económica, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente cubana, el Gobierno estableció en 10.850 bolívares el valor de la Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo (UCAU), la cual se tomará en cuenta en las contrataciones públicas, viáticos y la caja chica de los despachos oficiales, pero no sustituye a la Unidad Tributaria para las operaciones de la administración pública ni de la economía del país, que tiene un valor de 300 bolívares.

La resolución, emanada de los ministerios de Planificación y Economía, fue publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria 6.360, fechada el 19 de enero de este año. En la gaceta también quedó establecido que el valor de la Ucau puede ser revisada periódicamente por el gobierno para adaptar su valor a las circunstancias, mientras que para la UT se mantiene su revisión y actualización anual.

“La UCAU fijada mediante esta Resolución sustituye la Unidad Tributaria a los fines de la realización de operaciones aritméticas relacionadas con la materia de contrataciones públicas, cuando dicha unidad tributaria sea utilizada como factor de cálculo aritmético para la determinación de montos en bolívares conforme al ordenamiento jurídico de esta materia” Gaceta 6.360

(noticiasaldiayalahora.co)