Vea los »considerando» del Decreto de Emergencia Económica firmado por Maduro (Imágenes)

Tras la grave crisis económica que afecta al país, y luego de varios planes para recuperar la economía, hace unos días atrás, el Gobierno nacional firmó un decreto de emergecia económica para recuperar la estabilidad del país, reactivar el aparato productivo y devolver la tranquilidad a los venezolanos.

Para los venezolanos se ha vuelto costumbre escuchar a los voceros y funcionarios del Gobierno nacional, justificar acciones o procedimientos administrativos a través de argumentos cargados de retorica socialista. Así lo reseñó El Venezolano News.

Sin embargo, a lo que no se han acostumbrado los venezolanos, es a la grave crisis de abastecimiento y los altos costos de los productos. Mismos que han llevado al primer mandatario del país, a promover este “Decreto de Emergencia Económica” que, según lo esgrimido por sus artífices, ayudaría a reactivar el aparato productivo y sacar a la nación del atolladero en el que se encuentra.

Ahora bien, este “Decreto de Emergencia Económica” ya está publicado en gaceta oficial y consta de 10 artículos que, en teoría, marcan la acción de Gobierno en el marco de posibles soluciones.

¿Pero conoce usted cuales son los “considerando” tomados en cuenta para elaborar el polémico documento?

En total son cinco los “considerando” que fundamentan el “Decreto de Emergencia Económica”, el cual en primera instancia, echa mano de varios artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como de la Ley Orgánica sobre los Estados de Excepción. Paseándose por la ofensiva económica y la unión patriótica del pueblo venezolano.

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Los “considerando” más destacados son los siguientes:

  1. Que con ocasión de la muerte del Comandante Supremo de la Revolución Bolivariana y Presidente Constitucional de República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, sectores nacionales e internacionales iniciaron una serie de acciones tendientes a desestabilizar la económica del país, debilitar sus instituciones legítimamente establecidas y provocar la ruptura del hilo constitucional, sobre la base de un malestar social inducido por dichos sectores.
  2. Que las medidas a ser tomadas para proteger al pueblo en función de las amenazas existentes, deben ser de una gran magnitud e impacto en la economía nacional y de carácter estructural, sin afectar los derechos de la vida digna, la salud, la alimentación, la educación, el trabajo y todos aquellos reivindicados a los venezolanos y venezolanas por la revolución bolivariana mediante la lucha de clases que impuso la voluntad del pueblo sobre los intereses particulares de la burguesía.
  3. Que las estrategias de desestabilización económica han provocado una caída abrupta de los precios de nuestra principal fuente de ingresos, como lo es el petróleo, lo cual atenta contra los derechos del pueblo venezolano, afectando gravemente los ingresos fiscales y de divisas del país, generando un obstáculo a la ejecución y cumplimiento de los objetivos trazados en el Plan de la Patria y Social de la Nación 2013-2019.

Los otros dos “Considerando” que faltan fueron resumidos en el quinto párrafo de esta nota, sobre la cual debemos ser enfáticos en referir, que la misma fue elaborada haciendo copia textual de la gaceta oficial número 6.214 extraordinario, fechada en Caracas el jueves 14 de enero del año 2016.

Por lo pronto este documento ha sido presentado ante el parlamento venezolano y al Tribunal Supremo de Justicia, para que establezcan la constitucionalidad del contenido. Es decir, aun no ha entrado en vigencia y será hasta el próximo viernes 22 de enero, cuando expire el lapso establecido para que los diputados de la Asamblea Nacional aprueben o no la ejecución de la propuesta.

SN